La prima vacacional es una retribución económica que aportan los patrones a sus trabajadores para que cuenten con un ingreso extra para disfrutar de sus vacaciones. Esta prestación es de carácter obligatorio y se indica en la Ley Federal de Trabajo desde el artículo 76 al 81.
El monto de la prima vacacional debe representar el 25% del salario del trabajador, aunque hay empresas que pagan un monto mayor al establecido como un plan de motivación e incentivos a sus empleados, pero nunca se debe pagar menos que eso.
Además, en función de las políticas de cada empresa, la prima vacacional puede pagarse al cumplir el primer año de trabajo o cuando el empleado decida tomar sus vacaciones.
¿Quiénes pueden disfrutar de la prima vacacional?
Todos los trabajadores que llevan más de un año de antigüedad laboral y los posteriores pueden recibir la prima vacacional.
¿Cuántos días de vacaciones me corresponden?
El artículo 76 de la Ley Federal de Trabajo detalla que la relación vacacional acorde a los años de antigüedad laboral del empleado es la siguiente:
Años de servicio | Días de vacaciones |
1 | 6 días |
2 | 8 días |
3 | 10 días |
4 | 12 días |
5 a 9 | 14 días |
10 a 14 | 16 días |
15 a 19 | 18 días |
20 a 24 | 20 días |
25 a 29 | 22 días |
Después del 4° año, el período de vacaciones aumentará 2 días por cada 5 de servicio laboral. El máximo es de 24 días de descanso al año cuando se cumplen de 30 a 34 años de trabajo ininterrumpido.
¿Cuándo y cómo se paga la prima vacacional?
La prima vacacional se paga cuando un empleado haya cumplido un año de servicio y los posteriores o cuando se toman las vacaciones. El artículo 80 determina que esta prestación no debe ser menor al 25% del salario trabajador, aunque algunas empresas dan un mayor porcentaje.
¿Cómo sacar mi prima vacacional 2022?
Para calcular la prima vacacional es importante que primero se cuente con tres elementos importes:
- Salario mensual: Cantidad económica con la que el trabajador cuenta cada mes y que está estipulada en su contrato
- Vacaciones correspondientes: Son los días que le corresponden de pago de acuerdo al tiempo que ha trabajado en la empresa
- Antigüedad: El trabajador debe contar con mínimo un año laborando en la empresa, ya que esto entra en consideración en relación al pago correspondiente de vacaciones, pues entre más tiempo tenga trabajando más días se le pagan
Una vez que se ha establecido lo anterior, ahora se debe definir el salario diario del trabajador, esto se puede consultar en el recibo de nómina en el apartado que dice S.D (Sueldo Diario); pero si no se cuenta con este dato se debe dividir el salario mensual del trabajador entre 30 días.
Ejemplo: Un trabajador gana $8,000, dividido entre 30, el resultado es de $266.66 como sueldo diario.
Fórmula para calcular la prima vacacional
- Prima vacacional = Salario Diario x Días de vacaciones x 0.25 Tasa de la prima vacacional
Ejemplo: José lleva dos años trabajando y le corresponden 8 días de vacaciones, tiene un sueldo mensual de 10,000 que dividido entre 30 es de 333,33. Por lo tanto: 333,33 x 8 x 0.25 = 666,66
La prima vacacional de José es de 666,66 pesos.
El cálculo de la prima vacacional de cada empleado será diferente por su salario mensual y antigüedad.
¿Cómo debe pagarse la prima vacacional?
Dicha prestación debe percibirse monetariamente no puede implicar un salario emocional o en especie o de cualquier otra naturaleza, es decir, debe realizarse en dinero. El pago dependerá del protocolo que establezca la empresa, ya sea mediante un depósito, en efectivo o por transferencia.
Además, la prima vacacional no pagará el Impuesto Sobre la Renta (ISR) si es menor a las 15 UMAs (1,443.30), pero será gravable si se excede de este límite.
En 2022, el valor diario de la UMA es de $96.22 pesos.
¿Qué ocurre en caso de liquidación?
Si el trabajador deja de laborar en la empresa, tanto si se trata de finiquito (renuncia) como de liquidación (despido), el monto correspondiente a la prima vacacional de ese año debe calcularse y pagarse dentro de la suma total que se pagará a dicha persona.
¿Qué pasa si no me pagan la prima vacacional?
Al tratarse de una prestación estipulada en la Ley Federal de Trabajo, puedes acudir a la Procuraduría Federal de Defensa del Trabajo (PROFEDET) donde te brindarán asesoría legal gratuita para la defensa y protección de sus derechos laborales.
Contáctalos en caso de requerir ayuda:
- WhatsApp: 55 14 84 87 37
- Sitio Web: www.gob.mx/profedet
- Teléfonos: 800 911 7877 y 800 717 2942
- Correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx
El tiempo que se tiene para reclamar el nulo pago de la prima vacacional es de un año a partir de que las vacaciones sean exigibles.