El REPSE es el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas, en el que toda persona física o moral que quiera proporcionar servicios que se realicen dentro de las instalaciones de sus clientes, deberán estar registrados en este padrón de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Esta figura consiste en que las empresas que ofrezcan servicios a otras empresas solamente podrán hacerlo prestando servicios ajenos al objeto social de sus clientes, pero para que éstas empresas puedan prestar sus servicios es necesario que se encuentren dados de alta en un padrón llamado REPSE.
¿Qué es el SISUB?
El Sistema de Información de Subcontratación o SISUB es el medio electrónico que permite a los patrones cumplir con lo establecido en el artículo 29 Bis de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, INFONAVIT.
El cual es aplicable a personas físicas y morales que se encuentren registradas en términos del artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS-REPSE), para llevar a cabo la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas.
El SISUB es la plataforma donde los patrones inscritos en el REPSE pueden enviar sus informes cuatrimestrales en materia de seguridad social. Ya que en el mes de agosto del 2021, el Infonavit dio a conocer el SISUB como parte de los ajustes que trajo la nueva reforma al outsourcing.
¿Qué son los Servicios Especializados?
Desde el 2021 se prohibió el outsourcing, pero se permitió la oferta de los servicios especializados. Estos servicios son los que ciertas empresas brindan a sus clientes y que no hacen parte del objeto social o actividad económica preponderante del cliente.
Aquí te mencionamos algunos ejemplos de empresas que ofertan servicios especializados:
- Logística
- Salud ocupacional
- Control de Calidad
- Seguridad industrial
- Servicios de limpieza
- Comedores industriales
- Mantenimiento industrial
- Contratistas y construcción
¿Quiénes tienen la opción de registrarse en el REPSE?
Los prestadores de servicios especializados que deban introducir personal en las instalaciones de sus clientes, están obligados a registrarse en el REPSE.
Para dejar claro este punto, pongamos el ejemplo de los abogados o contadores. Estos proveedores aunque realizan servicios especializados, generalmente no realizan sus servicios en las instalaciones de sus clientes, por lo que, no están obligados a registrarse en el mismo.
Las empresas que ofrezcan servicios especializados y que no tengan registro en el REPSE serán consideradas como «servicios de outsourcing», considerado hoy por la ley como acto delictivo.
El contratar o vender servicios especializados sin un registro REPSE, pone en riesgo a ambas partes, proveedores y clientes, ya que ambos estarían violando la ley.
¿Qué me puede solicitar el REPSE?
En cuestión de documentación y requisitos estos pueden variar dependiendo del giro de la empresa solicitante, sin embargo, entre los principales son:
- Certificados, permisos, y licencias
- Documentación relativa a la capacitación
- Información económica de la empresa y sus trabajadores
- Documentación oficial de inscripción ante las dependencias de gobierno
¿Cómo puedo inscribirme?
Para llevar a cabo el registro de una empresa en el REPSE, se debe entrar a www.repse.stps.gob.mx
Para acceder a la misma, se solicitará la firma electrónica de la persona física o moral a registrar.
Posteriormente, estos son los pasos a seguir:
- Al introducir la firma electrónica, el sistema en automático validará que no se tengan adeudos ante el IMSS, el SAT y el INFONAVIT. Si se tienen adeudos, deberán resolverse previo a intentar el registro nuevamente
- Te solicitarán los datos generales de la persona física o moral a registrar
- Deberás indicar el nivel y categoría de riesgo al que pertenece la empresa de acuerdo al «catálogo de actividades para la clasificación de las empresas en el seguro de riesgos de trabajo» del IMSS
- Se indicarán las actividades que se desean registrar de acuerdo a la constancia de situación fiscal o al objeto social de la empresa
- Deberás subir diversos archivos como la constancia de la situación fiscal, identificación oficial vigente del representante legal, acta constitutiva, constancia de registro en el RFC, poder notarial, registros patronales ante el IMSS, comprobante de domicilio y comprobante de nómina
- Al finalizar los cuestionarios y la carga de la información, se asignará un folio para seguimiento al registro, mismo que tarda 20 días hábiles. Una vez aprobado el registro, se emite un aviso correspondiente con su número de folio por cada actividad registrada
¿Qué sigue después de registrarse?
Se deberá incluir este registro autorizado en todos los contratos que se celebren y verificar que estos correspondan a la actividad que se va a realizar, así como identificar por medio de imagen, gafete o código de identificación a los trabajadores que se encuentren subcontratados dentro del centro de trabajo.
¿Cómo revisar el estatus del trámite?
A las personas físicas o morales que hayan realizado una solicitud de registro de inscripción en el Padrón les será asignado un número de folio con el que podrán dar seguimiento a su registro.
Este número de folio se les indicará la fecha en la que ingresó la solicitud de registro determinada según el día hábil correspondiente, la etapa en la que se encuentra, y la fecha en la que deberá de recibir la respuesta correspondiente, es decir, los 20 días hábiles antes mencionados.
¿De negarse el registro se puede volver a solicitar?
Sí, la empresa deberá resolver la inconsistencia, anomalía o irregularidad detectada y volverlo a intentar una vez solventada. Además, deberá de tramitar cada 3 años la renovación de su registro.
¿Qué consecuencias tendrá la empresa si no se registra en el REPSE?
En caso de hacer caso omiso a esta obligación no se podrán prestar los servicios especializados, la factura no será válida por lo que tus clientes no podrán realizar la deducción de impuestos sobre tu actividad, además de las respectivas sanciones.
De acuerdo a la LFT se impondrá una multa de 2,000 a 50,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir alrededor de 179,240 hasta los 4,481,000 pesos mexicanos.
También se puede considerar como una operación simulada y ninguna otra empresa considerara contratarlos ni prestar sus servicios, sin mencionar que la empresa se convierte en responsable solidario.